Definición de Domicilio Fiscal según el CFF
"El domicilio fiscal es el lugar que las personas físicas o morales designan para efectos fiscales, donde se ubica la administración principal de sus negocios o el lugar donde realizan sus actividades."
— Artículo 10, Código Fiscal de la Federación
El domicilio fiscal es la dirección oficial que toda persona física con actividad económica o persona moral (empresa) debe registrar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esta ubicación es fundamental para el cumplimiento de las obligaciones tributarias y sirve como punto de contacto oficial entre el contribuyente y la autoridad fiscal.
A diferencia del domicilio particular o comercial, el domicilio fiscal tiene implicaciones legales específicas: es donde el SAT enviará notificaciones oficiales, donde se realizarán visitas de verificación y donde deberás comprobar que efectivamente realizas actividades económicas.
¿Quiénes están obligados a tener domicilio fiscal?
Personas Físicas
- Profesionistas independientes
- Freelancers y consultores
- Comerciantes y vendedores
- Arrendadores de inmuebles
- RESICO y RIF
Personas Morales
- Sociedades Anónimas (S.A.)
- S. de R.L. y S.A.P.I.
- Asociaciones Civiles
- Sociedades Cooperativas
- Sucursales de empresas extranjeras
Tipos de domicilio fiscal según el CFF
El Artículo 10 del Código Fiscal de la Federación establece diferentes criterios para determinar el domicilio fiscal según el tipo de contribuyente:
Para personas físicas con actividad empresarial:
El local donde se encuentre el principal asiento de sus negocios. Si no tienen local, será su casa habitación.
Para personas morales residentes en México:
El local donde se encuentre la administración principal del negocio. Si tienen varios establecimientos, será donde esté la administración central.
Para personas morales residentes en el extranjero:
El establecimiento en México donde realicen sus actividades. Si tienen varios, donde se encuentre la administración principal.
Requisitos para registrar tu domicilio fiscal
Para dar de alta o actualizar tu domicilio fiscal ante el SAT, necesitarás:
Comprobante de domicilio vigente
No mayor a 3 meses. Puede ser: recibo de luz (CFE), agua, teléfono fijo, estado de cuenta bancario, o predial.
Identificación oficial vigente
INE/IFE, pasaporte, cédula profesional o cartilla del servicio militar.
e.firma o Contraseña del SAT
Para realizar el trámite en línea. La e.firma es necesaria para algunos cambios específicos.
¿Cómo registrar o actualizar tu domicilio fiscal?
El trámite se realiza a través del portal del SAT siguiendo estos pasos:
- 1
Ingresa al portal del SAT
Accede a sat.gob.mx y dirígete a la sección de trámites.
- 2
Selecciona "Actualización en el RFC"
Busca la opción de cambio de domicilio fiscal dentro del menú de RFC.
- 3
Inicia sesión con tu e.firma o contraseña
Autentícate para acceder a tu información fiscal.
- 4
Captura los datos del nuevo domicilio
Ingresa la dirección completa: calle, número, colonia, código postal, municipio y estado.
- 5
Adjunta el comprobante de domicilio
Sube el documento digitalizado en formato PDF.
- 6
Envía y guarda tu acuse
Recibirás un acuse de recibo que confirma el trámite. Guárdalo como comprobante.
Importante
Tienes 10 días hábiles después del cambio de domicilio para notificarlo al SAT. No hacerlo puede resultar en multas.
Consecuencias de no tener el domicilio fiscal actualizado
Mantener tu domicilio fiscal actualizado no es opcional. El incumplimiento puede traer serias consecuencias:
Multas económicas
De $3,870 a $11,600 MXN por no presentar el aviso de cambio de domicilio.
Restricción del CSD
El SAT puede cancelar tu Certificado de Sello Digital, impidiéndote facturar.
Notificaciones perdidas
No recibirás requerimientos, auditorías o notificaciones importantes del SAT.
Domicilio no localizado
Si el SAT no te localiza, puede suspender tu RFC y restringir operaciones.
¿Se puede usar una oficina virtual como domicilio fiscal?
Sí, es completamente legal utilizar una oficina virtual como domicilio fiscal, siempre que cumpla con los requisitos establecidos por el SAT:
- Domicilio real y verificable: Debe ser una dirección física donde el SAT pueda realizar visitas de verificación.
- Comprobante de domicilio válido: El proveedor debe emitir un comprobante que el SAT acepte.
- Atención a la autoridad: Debe haber personal que pueda atender visitas del SAT y recibir notificaciones.
- Recepción de correspondencia: Capacidad para recibir y resguardar documentos oficiales.
Las oficinas virtuales son una excelente opción para emprendedores, freelancers y empresas que no requieren un espacio físico permanente pero necesitan un domicilio fiscal confiable en una ubicación estratégica.
Preguntas frecuentes sobre el domicilio fiscal
¿Cuál es la diferencia entre domicilio fiscal y domicilio comercial?
¿Puedo tener mi domicilio fiscal en mi casa?
¿Qué documentos sirven como comprobante de domicilio?
¿Cuánto cuesta cambiar el domicilio fiscal?
¿Puedo tener varios domicilios fiscales?
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