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Ficha oficial 2/CFF · Anexo 2 RMF 2026

Domicilio fiscal de una persona moral: cuál poner al constituirla, el comprobante a nombre de un socio y cómo cambiarlo

Es el local donde está la administración principal del negocio (artículo 10, fracción II, del CFF); para las empresas no existe el supuesto de la casa habitación. Al inscribirla en el RFC, dentro del mes siguiente al acta, el Anexo 2 permite que el comprobante de domicilio vaya a nombre de un socio; después, todo trámite lo exige a nombre de la empresa. El cambio se avisa en 10 días hábiles con la ficha 35/CFF.

Publicado el 5 de septiembre de 2026 · 8 min de lectura

Qué es
El local donde está la administración principal del negocio (art. 10, fr. II, CFF)
Plazo para inscribir la empresa
El mes siguiente al acta; el notario lo verifica (art. 27 CFF)
Comprobante al inscribir
Puede ir a nombre de un socio (Anexo 2, numerales 1, 2, 3, 5.b y 5.c)
Comprobante después
Siempre a nombre de la persona moral
Cambio de domicilio
Ficha 35/CFF, 10 días hábiles

Aviso: información orientativa con base en el Anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 (DOF 28-dic-2025) y reformas vigentes al 5 de septiembre de 2026. No es asesoría fiscal. Para tu caso consulta a tu contador o fiscalista, y verifica en sat.gob.mx.

Constituir una empresa tiene un paso que no aparece en ninguna lista de “cómo abrir tu negocio” y que atora a más de uno: la dirección. El notario pide una, el SAT pide otra con comprobante, el banco pide el RFC para abrir la cuenta y el comprobante más fácil sale de esa cuenta que aún no existe. Esta guía ordena la secuencia.

Qué es el domicilio fiscal de una empresa

El artículo 10, fracción II, del Código Fiscal de la Federación lo define sin ambigüedad. Para una persona moral residente en México, el domicilio fiscal es el local en donde se encuentre la administración principal del negocio. Para una residente en el extranjero con establecimiento en el país, es ese establecimiento; si tiene varios, el que tenga la administración principal en México o, en su defecto, el que designe.

Dos cosas que ese texto implica y que conviene tener claras desde el acta:

  • No hay cláusula de casa habitación. El inciso c) de la fracción I, el que permite a una persona física sin local usar su casa, no existe en la fracción II. Una empresa tiene que tener un lugar donde se administre. La casa de un socio puede ser ese lugar si ahí se administra de verdad, con las consecuencias que veremos; lo que no hay es un supuesto de “no tenemos oficina”.
  • Es donde el SAT te localiza. Ahí llegan las notificaciones, ahí se practican las visitas y ahí se verifica que la empresa existe. Un domicilio donde nadie atiende produce el estatus de no localizado, con multa de $25,360 a $50,710 y restricción del sello digital.

Domicilio social y domicilio fiscal no son lo mismo

En el acta constitutiva, el notario asienta el domicilio social de la sociedad. En la práctica notarial es una ciudad o municipio (“la sociedad tendrá su domicilio en la Ciudad de México”), no una calle y un número, y sirve para saber qué tribunales y qué registro público le corresponden.

El domicilio fiscal se declara después, al inscribir la empresa en el RFC, con dirección exacta y comprobante. Pueden estar en la misma ciudad y ser direcciones distintas, y de hecho lo normal es que el domicilio fiscal sea más específico. Lo que conviene es que la ciudad del domicilio fiscal coincida con la del domicilio social, para no tener que modificar el acta si la empresa se administra desde otro estado.

El plazo: un mes desde el acta

Aquí se juntan dos normas que apuntan al mismo mes:

  • La ficha 2/CFF (inscripción de personas morales) se presenta “dentro del mes siguiente al día en que deban presentar comprobantes fiscales por las actividades que realicen”. Para una sociedad por acciones simplificada, la ficha 7/CFF lo dice más directo: dentro del mes siguiente a la firma del contrato social.
  • El artículo 27, apartado B, fracción VIII del CFF obliga a los notarios a exigir a quienes firman un acta constitutiva que comprueben, dentro del mes siguiente a la firma, que ya presentaron la solicitud de inscripción en el RFC, y a asentar la fecha en su protocolo. Si no lo comprueban, el notario debe informar la omisión al SAT en el mes siguiente.

En la práctica, el reloj arranca con la firma del acta. Y la inscripción de una persona moral es presencial, con cita, en la oficina del SAT, con estos requisitos según la ficha 2/CFF: el acta protocolizada con el RFC de cada socio, un comprobante de domicilio en original, el poder del representante legal y su identificación.

Secuencia del domicilio fiscal de una empresa nueva Cuatro pasos en línea: firma del acta con domicilio social, inscripción en el RFC dentro del mes siguiente con comprobante a nombre de un socio, apertura de cuenta o línea a nombre de la empresa, y a partir de ahí todo trámite con comprobante a nombre de la persona moral. Día 0 Hasta 1 mes Con RFC Después Firma del acta domicilio social (ciudad) Inscripción RFC ficha 2/CFF, cita comprobante a nombre de un socio Cuenta o línea a nombre de la empresa Todo trámite comprobante a nombre de la PM Cambio de domicilio: aviso 35/CFF en 10 días hábiles Cambio de socios: aviso 38/CFF en 30 días
El comprobante a nombre de un socio solo sirve para el primer paso ante el SAT. Todo lo demás pide comprobante de la empresa.

El comprobante: a nombre de un socio solo para inscribirla

Este es el párrafo del Anexo 2 que resuelve el huevo y la gallina, al final de la sección 1.2.B:

La autoridad fiscal podrá aceptar para los trámites de inscripción en el RFC, los comprobantes de domicilio establecidos en los numerales 1, 2, 3, 5 incisos b) y c) del presente apartado que se encuentren a nombre de uno de los socios, accionistas, asociados y demás personas […] que por su naturaleza formen parte de la estructura orgánica […], para cualquier otro trámite los comprobantes de domicilio deberán estar a nombre de la persona moral.

Es decir, para inscribir la empresa sirven, a nombre de un socio:

Documento Numeral Antigüedad máxima
Estado de cuenta bancario 1 4 meses
Recibo de predial 2 4 meses
Recibo de luz, agua, gas, internet, teléfono, TV de paga 3 4 meses
Contrato de apertura de cuenta bancaria 5.b 3 meses
Contrato de servicio de luz, teléfono, internet o agua 5.c 2 meses

Con una condición implícita: el documento del socio debe traer la dirección que vas a declarar como domicilio fiscal de la empresa. Si la empresa se va a administrar desde una oficina y el socio vive en otro lado, su recibo de casa no sirve para declarar la oficina.

Para cualquier otro trámite, empezando por el primer cambio de domicilio, el comprobante debe estar a nombre de la persona moral. Por eso el orden del diagrama: en cuanto tienes RFC, abres la cuenta bancaria de la empresa o instalas una línea a su nombre en el domicilio fiscal, y a partir de ahí la empresa genera sus propios comprobantes. Cómo funciona la vía del banco, con sus 4 meses de margen, en la guía del estado de cuenta.

Dónde poner el domicilio fiscal cuando no hay oficina todavía

Es el caso de la mayoría de las empresas nuevas: dos o tres socios, operación remota, sin local. Las opciones reales son tres.

La casa de un socio. Legal si ahí se administra la empresa. Implica que esa dirección personal queda como domicilio de la sociedad en la constancia que se entrega a clientes y bancos, que ahí llegan notificaciones y visitas del SAT, y que si el socio se muda o deja la sociedad hay que cambiar el domicilio fiscal. Lo que implica para una persona física está en ¿puede mi casa ser mi domicilio fiscal?; para la empresa es lo mismo, a nombre de la sociedad.

El despacho del contador. Funciona mientras el contador acepte recibir notificaciones y atender visitas a nombre de tu empresa, y deja de funcionar el día que cambias de contador: cambio de domicilio en 10 días hábiles.

Un domicilio fiscal rentado. Una oficina real con personal que recibe notificaciones y atiende al SAT a nombre de la empresa. Cumple el artículo 10 porque es un local donde se ubica la administración, siempre que el lugar sea real y haya quien atienda. Para la inscripción, el comprobante va a nombre de un socio con esa dirección (estado de cuenta o recibo de una línea a su nombre en la oficina); una vez con RFC, la empresa abre su cuenta o su línea ahí y genera los suyos. Qué debe cumplir el proveedor y cuánto cuesta, en la sección Rentar un domicilio fiscal de la guía general.

Cambiar el domicilio fiscal de la empresa

Mismo trámite que para personas físicas: aviso 35/CFF dentro de los 10 días hábiles siguientes al cambio, presentado por el representante legal con e.firma, con comprobante de domicilio a nombre de la empresa. Si hay facultades de comprobación en curso, el aviso va 5 días antes del cambio. El detalle, con la lista de verificación, en la guía del cambio de domicilio.

Dos avisos que suelen ir juntos en una empresa y tienen plazos distintos:

Aviso Ficha Plazo
Cambio de domicilio fiscal 35/CFF 10 días hábiles desde el cambio
Modificación de socios o accionistas 38/CFF 30 días desde el cambio

Y la advertencia del artículo 27 que aplica igual a empresas: si el SAT ya te marcó como no localizado, presentar el aviso de cambio no te vuelve localizado por sí solo; y si el verificador concluye que el nuevo lugar no cumple el artículo 10, el aviso no surte efectos. Salir de ese estatus es el trámite 25/CFF, que explica la guía de no localizado.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el domicilio fiscal de una persona moral según el SAT?

El artículo 10, fracción II, inciso a) del Código Fiscal de la Federación lo define como el local en donde se encuentra la administración principal del negocio, para las personas morales residentes en México. Si es residente en el extranjero con establecimiento en el país, es ese establecimiento; si tiene varios, donde esté la administración principal en México.

¿El domicilio del acta constitutiva es el domicilio fiscal?

No necesariamente. En el acta, el notario asienta el domicilio social de la sociedad, que en la práctica es una ciudad o municipio, no una calle y número. El domicilio fiscal se declara al inscribir la empresa en el RFC, con dirección exacta y comprobante. Pueden coincidir en ciudad y ser direcciones distintas.

¿Cuánto tiempo tengo para inscribir la empresa en el RFC?

La ficha 2/CFF dice: dentro del mes siguiente al día en que deban expedirse comprobantes fiscales por las actividades que realice. Y el artículo 27, apartado B, fracción VIII, del CFF obliga al notario a exigir que se compruebe, dentro del mes siguiente a la firma del acta, que ya se presentó la solicitud de inscripción; si no, debe informarlo al SAT. En la práctica, el mes corre desde la firma.

¿El comprobante de domicilio puede ir a nombre de un socio?

Para la inscripción en el RFC, sí. El Anexo 2 permite que el estado de cuenta bancario, el recibo de predial, los recibos de servicios y los contratos de apertura bancaria o de servicios estén a nombre de uno de los socios, accionistas o asociados. Para cualquier otro trámite, el comprobante debe estar a nombre de la persona moral.

¿Una persona moral puede tener su domicilio fiscal en la casa de un socio?

Puede, si ahí está de verdad la administración principal del negocio. Lo que no existe para las personas morales es la cláusula de la casa habitación del artículo 10: esa aplica solo a personas físicas sin local. La casa del socio queda entonces como domicilio de la empresa en la constancia, y ahí llegan las notificaciones y las visitas del SAT.

¿Cómo cambia de domicilio fiscal una persona moral?

Con el aviso 35/CFF dentro de los 10 días hábiles siguientes al cambio, igual que las personas físicas, presentado por el representante legal con e.firma y con comprobante de domicilio a nombre de la empresa. Si hay facultades de comprobación en curso, el aviso va 5 días antes del cambio. Si además cambian los socios, el aviso 38/CFF tiene 30 días.

Esta guía es orientativa y no constituye asesoría fiscal. Los plazos y requisitos provienen de las fichas del Anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026; verifica siempre la versión vigente en sat.gob.mx.

Otras guías que te pueden servir

Plazos y requisitos tomados de las fichas oficiales del Anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal.

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